Caucasia.- El alcalde electo de Caucasia, Leiderman Ortiz Berrío, apeló el fallo proferido por el Tribunal Administrativo de Antioquia, el 28 de julio de 2020, con vinculación de la Registraduria Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral, mediante sentencia 080, declaró la nulidad de su elección como alcalde municipal de Caucasia para el período 2020-2023, por encontrarse inmerso en la causal de inhabilidad consagrada en el numeral 3 del artículo 37 de la Ley 617 de 2000, conforme lo indicado en la parte motiva de la providencia. En el artículo segundo, dice textualmente “Como consecuencia de lo anterior, cancélese la credencial del alcalde Leiderman Ortiz Berrío, la cual se hará efectiva a la ejecutoria de la sentencia. Esta providencia se discutió y aprobó por la Sala, como consta en el acta firmada por los Magistrados Beatriz Elena Jaramillo Muñoz, Adriana Bernal Vélez y Gloria María Gómez Montoya”. Se recuerda que la elección de Ortiz Berrío como alcalde Caucasia, el 27 de octubre de 2019, fue demandada por la abogada Daniela González Meneses, por presunta inhabilidad para celebrar contratos con entidades estatales durante el periodo inhabilitarte, elementos para que se configure la inhabilidad. Con la sentencia 080, se conceden las pretensiones. La citada providencia de nulidad electoral en primera instancia, permitía la apelación durante los tres (3) días siguientes a su notificación, por lo que Leiderman Ortiz Berrío en su calidad de alcalde electo de Caucasia, con sus abogados, asesores y líderes del municipio, aprobaron presentar la apelación ante el Consejo de Estado en contra de la providencia 080 del Tribunal Administrativo de Antioquia, por considerar que es inocente y que este fallo riñe con la realidad, analizando además que por culpa de la pandemia y la emergencia sanitaria, a corto plazo no pueden realizarse las elecciones atípicas, en caso de que hubiere renunciado a la curul como alcalde electo de Caucasia.